Ilmo. Sr.: De conformidad con el dictamen emitido por el Consejo Nacional de Educación,
Este Ministerio ha dispuesto que, a efectos de lo prevenido en el artículo 16 de la Ley 83/1965, de 17 de julio, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.° del Decreto 2142/1967, de 19 de agosto, sobre ordenación en Departamentos en la Facultad de Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales, se consideren cátedras equiparadas con carácter recíproco las de «Matemáticas Financieras» y «Matemáticas de las Operaciones Financieras», de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 17 de diciembre de 1975.‒P. D., el Director general de Universidades e Investigación, Felipe Lucena Conde.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades e Investigación.
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