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Documento BOE-A-1976-2401

Resolución de la Dirección General de Correos y Telecomunicación por la que se concede un nuevo plazo para dar cumplimiento a lo establecido en el párrafo primero de la disposición transitoria de la Resolución de esta Dirección General de 24 de marzo de 1975 sobre uso de radioteléfonos «PR 27».

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 1976, páginas 2182 a 2183 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Gobernación
Referencia:
BOE-A-1976-2401

TEXTO ORIGINAL

En uso de la facultad prevista en el apartado 15 de la Orden ministerial de 26 de junio de 1974, por la que se regula el uso de equipos transmisores-receptores radioeléctricos de poca potencia y corto alcance (radioteléfonos «PR 27»),

Esta Dirección General, en su Resolución de 24 de marzo de 1975 («Boletín Oficial del Estado» número 82, de 5 de abril), tuvo a bien aprobar las instrucciones técnicas y administrativas necesarias para el desarrollo de lo dispuesto en dicha Orden ministerial.

En el punto tres de la referida Resolución se establece que para autorizar el uso de tales equipos los interesados deben aportar, entre otros datos, la referencia de la homologación, y en la disposición transitoria de la propia Resolución se fijaba el término de seis meses para que pudieran someterse a homologación aquellos aparatos que se hubieran adquirido con anterioridad a la promulgación de las instrucciones.

Por dificultades de orden material, así como a petición de numerosos solicitantes, resulta aconsejable conceder un nuevo plazo, al propio tiempo que se establece el procedimiento adecuado para que se puedan admitir las documentaciones requeridas para tramitar las oportunas concesiones, a reserva de la posterior obtención y presentación del dato relativo a la homologación de los equipos.

En su consecuencia, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene conferidas, ha tenido a bien resolver lo siguiente:

1. Se concede un nuevo plazo, que finalizará el día 30 de junio de 1976, para dar cumplimiento a lo establecido en el párrafo primero de la disposición transitoria de la Resolución de esta Dirección General de 24 de marzo de 1975 («Boletín Oficial del Estado» número 82, de 5 de abril).

2. Que hasta la terminación de dicho plazo, el dato relativo a la referencia del certificado de homologación, que señala el epígrafe b) del punto 3.1. de la citada Resolución, puede sustituirse por una declaración en la que el solicitante manifieste su compromiso de obtener y presentar posteriormente el correspondiente certificado de homologación, acompañando el folleto de la casa constructora de los equipos, indicativo de sus características técnicas, que han de ser las señaladas en la Orden ministerial de 24 de junio de 1974; en el caso de aparatos autoconstruidos, el mencionado folleto se sustituirá por la manifestación del interesado de que el equipo se ajusta a las mencionadas características.

Madrid, 22 de enero de 1976.–El Director general, Juan Echevarría Puig.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/01/1976
  • Fecha de publicación: 02/02/1976
Referencias anteriores
Materias
  • Correos y Telecomunicaciones
  • Radioteléfonos

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