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Documento BOE-A-1976-24714

Real Decreto 2767/1976, de 4 de diciembre, por el que se modifica parcialmente la estructura de los servicios centrales de la Dirección General del Instituto Nacional de Estadística.

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 6 de diciembre de 1976, páginas 24343 a 24343 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1976-24714

TEXTO ORIGINAL

El Decreto dos mil ochocientos veintinueve/mil novecientos setenta y uno, de veinte de noviembre, estableció una nueva estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General del Instituto Nacional de Estadística, adaptándola a las necesidades que exigían una nueva orientación y ampliación de sus tareas.

El programa de trabajos que tiene a su cargo y la experiencia adquirida en los últimos años hacen aconsejable una modificación parcial de la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la expresada Dirección General, más en consonancia con las necesidades de información estadística que demanda la actual sociedad española.

En su virtud, a propuesta del Ministro de la Presidencia del Gobierno, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día tres de diciembre de mil novecientos setenta y seis,

DISPONGO:

Artículo primero.

El Decreto número dos mil ochocientos veintinueve, de veinte de noviembre de mil novecientos setenta y uno, queda modificado parcialmente, dándose nueva redacción al párrafo dos de cada uno de los artículos segundo, ternero, cuarto y quinto, en los siguientes términos:

Uno. Párrafo dos del artículo segundo:

«De la Subdirección General de Coordinación Estadística dependerán, con nivel orgánico de servicio:

– Servicio de Coordinación Estadística.

– Servicio de Proceso de Datos.

– Servicio de Asuntos Generales.

– Servicio de Banco de Datos.»

Dos. Párrafo dos del artículo tercero:

«De la Subdirección General de Estadística de la población dependerán, con nivel orgánico de servicio:

– Servicio de Estadísticas Demográficas.

– Servicio dé Estadísticas Sociales.»

Tres. Párrafo dos del artículo cuarto:

«De la Subdirección General de Estadística de las Empresas dependerán, con nivel orgánico de servicio:

– Servicio de Estadísticas Sectoriales.

– Servicio de Estadísticas Intersectoriales.»

Cuatro. Párrafo dos del artículo quinto:

«De la Subdirección General de Estudios y Análisis Económicos dependerán, con nivel orgánico de servicio:

– Servicio de Cuentas Nacionales.

– Servicio de Análisis Económicos.»

Artículo segundo.

Por la Presidencia del Gobierno se dictarán las disposiciones complementarias para la plena ejecución de lo establecido en este Decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a cuatro de diciembre de mil novecientos setenta y seis.

JUAN CARLOS

El Ministro de la Presidencia del Gobierno,

ALFONSO OSORIO GARCIA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 04/12/1976
  • Fecha de publicación: 06/12/1976
  • Fecha de entrada en vigor: 07/12/1976
Referencias anteriores
  • MODIFICA parcialmente el Decreto 2829/1971, de 20 de noviembre (Ref. BOE-A-1971-1507).
Materias
  • Dirección General del Instituto Nacional de Estadística
  • Instituto Nacional de Estadística
  • Presidencia del Gobierno

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