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Documento BOE-A-1976-3848

Orden de 9 de febrero de 1976 por la que se modifica el tipo de desgravación fiscal a la exportación de caucho regenerado, comprendido en la partida 40.03.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 1976, páginas 3546 a 3546 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1976-3848

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

La Junta Consultiva de Ajustes Fiscales en Frontera de esa Dirección General se pronunció a favor de la elevación del tipo desgravatorio al mismo nivel que el establecido para la tarifa del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores a la importación de «caucho regenerado», comprendido en la partida arancelaria 40.03.

En su virtud, cumplido el trámite de propuesta previsto en el artículo segundo del Decreto 1255/1970, de 16 de abril, regulador de la Desgravación Fiscal a la Exportación, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo séptimo del citado Decreto, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero.

Se modifican las Tarifas de la Desgravación Fiscal a la Exportación en la forma siguiente:

Partida arancelaria Artículos Tarifa Desgravación Fiscal
40.03 Caucho regenerado. 10 %
Segundo.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 9 de febrero de 1976.

VILLAR MIR

Ilmo. Sr. Director general de Aduanas.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 09/02/1976
  • Fecha de publicación: 20/02/1976
  • Fecha de entrada en vigor: 20/02/1976
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 2 del Decreto 1255/1970, de 16 de abril (Ref. BOE-A-1970-506).
Materias
  • Caucho
  • Desgravación fiscal
  • Exportaciones
  • Tarifas

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