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Documento BOE-A-1976-4900

Orden de 6 de febrero de 1976 sobre bonificación del precio de las naftas destinadas a la producción de fertilizantes.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 4 de marzo de 1976, páginas 4503 a 4503 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1976-4900

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimos señores:

Por Orden de este Ministerio de 24 de enero de 1975 se fijaron en 3.272 pesetas por tonelada de nafta ligera y en 3.472 pesetas por tonelada de nafta pesada las bonificaciones de estos productos cuando se utilicen en la obtención de amoníaco empleado en la fabricación de fertilizantes nitrogenados destinados al mercado nacional.

Estas bonificaciones tienen por objeto evitar la elevación de precio de los abonos nitrogenados debidas al aumento de los de tales fracciones petrolíferas; por lo que, dadas las condiciones en que actualmente se desenvuelve la industria de fabricación de amoníaco, se hace necesario su incremento transitorio en la cuantía precisa para absorber los precios de las materias primas necesarias para la actual demanda estacional.

En su virtud, este Ministerio, previo informe del Ministerio de Industria y aprobación del Consejo de Ministros, ha dispuesto:

Artículo 1.° 

Las bonificaciones fijadas por Orden de este Ministerio de 24 de enero de 1975 para las naftas empleadas en la producción de amoníaco utilizado en la fabricación de fertilizantes con destino al mercado nacional se elevarán en 600 pesetas por tonelada de nafta.

Artículo 2.° 

Este incremento de bonificaciones se aplicará a los suministros de naftas realizados desde el día 1 de febrero al 31 de mayo de 1976. En su consecuencia, durante este período, las bonificaciones a aplicar serán de 3.872 y de 4.072 pesetas por tonelada, respectivamente, de nafta ligera o pesada,

Artículo 3.° 

Por el Ministerio de Industria se facilitará mensualmente, a la Delegación del Gobierno en C. A. M. P. S. A., una relación de las producciones de amoníaco que, con destino a fertilizantes agrícolas de consumo nacional, obtengan las distintas Empresas perceptoras de estas bonificaciones.

Artículo 4.° 

Por este Ministerio, previo estudio conjunto con el de Industria, se fijará el régimen a aplicar a las naftas utilizadas con este destino a partir de 1.° de junio de 1976.

Lo que comunico a VV. EE. para su. conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. EE. muchos años.

Madrid, 6 de febrero de 1976.

VILLAR MIR

Excmos. Sres....

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 06/02/1976
  • Fecha de publicación: 04/03/1976
Referencias anteriores
  • MODIFICA bonificaciones fijadas por Orden de 24 de enero de 1975 (Ref. BOE-A-1975-1738).
Materias
  • Abonos
  • Precios
  • Productos petrolíferos

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