Ilustrísimo señor:
Por don Julián Zapata Díaz, en nombre de «Ademo», de Madrid, y don Juan Antonio García San Miguel, en nombre de «Data, S. A.», y siete Compañías mercantiles más, fueron interpuestos, con fechas 20 y 30 de diciembre de 1975, recursos de reposición ante el Consejo de Ministros, impugnando ambos el Decreto 2951/1975, de 31 de octubre, por el que se regula el régimen de las Empresas dedicadas a Encuestas de Opinión y que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 28 de noviembre de 1975.
El Consejo de Ministros, en su reunión del día 18 de marzo de 1976, adoptó la siguiente Resolución:
«Dejar sin efecto, mediante la publicación de la disposición oportuna, el Decreto 2951/1975, de 31 de octubre, por el que se regula el régimen de las Empresas dedicadas a Encuestas de Opinión, y que se ordene la retroacción de las actuaciones al momento procedimental para la elaboración de disposiciones de carácter general previsto en el apartado 4 del artículo 130 de la Ley de Procedimiento Administrativo.»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 25 de marzo de 1976.
MARTIN-GAMERO
Ilmo. Sr. Subsecretario de Información y Turismo.
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