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Documento BOE-A-1977-1197

Real Decreto 35/1977, de 4 de enero, por el que se reorganiza parcialmente la Dirección General del Patrimonio del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 1977, páginas 1012 a 1012 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1977-1197

TEXTO ORIGINAL

Las circunstancias actuales, nacionales e internacionales, en las que ge desenvuelve la actividad económica, obligan a la Administración Pública a conseguir en su actuación la óptima utilización de sus medios mediante una organización racional.

Dentro del sector público económico reviste singular importancia actual y, previsiblemente, futura, el conjunto de Empresas, en las cuales participa la Hacienda Pública. Las competencias que, a estos efectos, corresponden al Ministerio de Hacienda, ejercidas a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, aparecen en la actualidad dispersas en diferentes unidades administrativas, que parece lógico agrupar en un Organo de rango adecuado a su misión, a efectos de su necesaria coordinación. A estos fines, exclusivamente, se dirige la presente reorganización parcial, mediante la creación de una Subdirección General, encargada de gestionar todas esas competencias.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda, previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo ciento treinta de la Ley de Procedimiento Administrativo, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día treinta de diciembre de mil novecientos setenta y seis,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se crea, en la Dirección General del Patrimonio del Estado, la Subdirección General de Empresas y Participaciones Estatales, con las competencias que el artículo treinta y nueve, párrafo e), f) y g) del Decreto ciento cincuenta y uno/mil novecientos sesenta y ocho, de veinticinco de enero, atribuye a la Subdirección General del Patrimonio del Estado, así como todas las demás que, en esta materia, corresponden a ese Centro directivo, de acuerdo con el ordenamiento jurídico.

Artículo 2.

Se integran en la Subdirección General de Empresas y Participaciones Estatales la Sección de Actividades Industriales y Comerciales, la Sección de Análisis Financieros, ambas dependientes en la actualidad de la Subdirección General del Patrimonio del Estado y la Sección Técnica, dependiente en la actualidad del Director general del Patrimonio del Estado.

Artículo 3.

La Sección de Explotaciones y Participaciones Estatales se denominará en lo sucesivo Sección de Bienes Demaniales y Explotaciones Patrimoniales, continuando adscrita a la Subdirección General del Patrimonio del Estado.

Artículo 4.

Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a lo preceptuado en este Real Decreto, sin que la aplicación del mismo suponga aumento de gasto por encima de las consignaciones globales del Centro directivo.

Dado en Madrid a cuatro de enero de mil novecientos setenta y siete.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

EDUARDO CARRILES GALARRAGA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 04/01/1977
  • Fecha de publicación: 15/01/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 04/02/1977
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 130 de la Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
  • CITA Decreto 151/1968, de 25 de enero (Ref. BOE-A-1968-143).
Materias
  • Dirección General del Patrimonio del Estado
  • Ministerio de Hacienda

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