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Documento BOE-A-1977-12200

Real Decreto 1076/1977, de 13 de mayo, por el que se suspende la aplicación de los derechos arancelarios a la importación de carbonato de sodio.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 17 de mayo de 1977, páginas 10814 a 10814 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1977-12200

TEXTO ORIGINAL

La insuficiencia transitoria, por conflictos laborales, de la producción nacional de carbonato de sodio obliga a importarlo a precios superiores a los que rigen en el mercado interior, con la correspondiente repercusión en producciones tan importantes como el vidrio, de la que es materia prima.

La conveniencia de remediar en lo posible la situación expuesta, hace aconsejable aminorar los efectos de dicho mayor costo, mediante la suspensión total de los derechos que gravan la importación del carbonato de sodio, haciendo uso a tal efecto de la facultad conferida al Gobierno en el artículo sexto, apartado dos, de la vigente Ley arancelaria.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Comercio y previa aprobación del Consejo de Ministros en su reunión del día trece de mayo de mil novecientos setenta y siete,

DISPONGO:

Artículo único. 

En el período comprendido entre los días dos de mayo y uno de junio, ambos inclusive, del presente año, se suspende totalmente la aplicación de los derechos establecidos a la importación del carbonato neutro de sodio, en la partida veintiocho punto cuarenta y dos-C del Arancel de Aduanas.

Dado en Madrid a trece de mayo de mil novecientos setenta y siete.

JUAN CARLOS

El Ministro de Comercio,

JOSE LLADO FERNANDEZ-URRUTIA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 13/05/1977
  • Fecha de publicación: 17/05/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 06/06/1977
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
Materias
  • Importaciones
  • Productos químicos

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