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Documento BOE-A-1977-14249

Orden de 13 de junio de 1977 por la que se establecen los criterios a seguir para la utilización de los cementos, incluidos en el pliego de Prescripciones Técnicas Generales para la recepción de cementos, aprobado por Decreto de la Presidencia del Gobierno 1964/1975, de 23 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 20 de junio de 1977, páginas 13845 a 13845 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas
Referencia:
BOE-A-1977-14249

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

El Real Decreto 387/1977, de 18 de febrero, prorrogó hasta el 1 de junio de 1977 la vigencia del pliego general de condiciones para la recepción de Conglomerantes Hidráulicos en las obras de carácter oficial, aprobado por Orden de la Presidencia del Gobierno de 9 de abril de 1964.

Resulta, por lo tanto, conveniente establecer unos criterios generales para la sustitución de los tipos de cemento que contemplaba el pliego de 1964, próximo a dejar de estar vigente, por los incluidos en el nuevo pliego de 1975, sin producir perturbaciones técnicas ni económicas en las obras en curso. Es decir, que el empleo de los nuevos tipos de cemento, si son adecuadamente elegidos, no debe suponer ninguna elevación en el coste de las obras.

Un objetivo importante que se pretende conseguir mediante los criterios que se establecen es el ahorro en el consumo de energía que se obtiene sustituyendo los cementos Portland por cementos con adiciones hidráulicamente activas como consecuencia del menor consumo energético necesario para la fabricación de estos últimos.

En consecuencia, este Ministerio dispone:

Artículo 1.

En todas las obras en curso de realización, el Director de obra estudiará la posibilidad de sustitución de los cementos Portland P.350 y P.450 por cementos con adiciones hidráulicamente activas si, a su juicio, no existen contraindicaciones técnicas, ni incrementos de coste.

Artículo 2.

Siendo preceptivo que a partir de 1 de junio de 1977 los proyectos estén redactados, teniendo en cuenta las características de los tipos de cementos del pliego de 1975, los servicios con el fin de no producir alteración en los programas de actuaciones vigentes, en los proyectos ya redactados cuya licitación o contratación pueda efectuarse con posterioridad a 1 de junio de 1977, sustituirán el uso de los antiguos tipos de cementos por los nuevos, teniendo en cuenta lo expuesto en el artículo anterior.

Lo que comunico a VV. II.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 13 de junio de 1977.

 

ORTIZ GONZALEZ

 

Ilmo. Sr. Subsecretario e Ilmos. Sres. Directores generales de este Ministerio.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 13/06/1977
  • Fecha de publicación: 20/06/1977
Referencias anteriores
Materias
  • Cemento

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