Ilmo. Sr.: De conformidad con el dictamen emitido por el Consejo Nacional de Educación.
Este Ministerio ha dispuesto que, a efectos de lo prevenido en el artículo 16 de la Ley 83/1965, de 17 de julio, se considere equiparada a la cátedra de «Historia del Derecho indiano» de las Facultades de Filosofía y Letras, las de «Historia del Derecho español» de las Facultades de Derecho, sin que esta equiparación tenga carácter recíproco.
Lo digo a V.I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V.I. muchos años.
Madrid, 10 de mayo de 1977.‒P.D., el Director general de Universidades, Juan Antonio Arias Bonet.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
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