Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido para la supresión de los Juzgados de Paz de Villarmero, Páramo del Arroyo, Marmellar de Arriba y Arroyal, como consecuencia de la fusión de sus Municipios con el de Quintanadueñas, con la denominación de Alfoz de Quintanadueñas (Burgos),
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta formulada por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo y teniendo en cuenta lo establecido en la base 1.ª de la Ley de 19 de julio de 1944, ha acordado la supresión de los Juzgados de Paz de Villarmero, Páramo del Arroyo, Marmellar de Arriba y Arroyal, y su incorporación al de igual clase de Quintanadueñas, con la denominación de Alfoz de Quintanadueñas, el que se hará cargo de la documentación y archivo de los Juzgados de Paz suprimidos.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 18 de diciembre de 1976.‒P. D., el Subsecretario, Rafael Mendizábal Allende.
Ilmo. Sr. Director general de Justicia.
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