Ilmo. Sr.: Visto el expediente incoado a instancia del magnífico y excelentísimo señor Rector de la Universidad de Córdoba para implantación del Plan de Estudios del segundo ciclo de la Facultad de Ciencias.
Considerando que se han cumplido las prescripciones contenidas en la Orden de este Departamento de 16 de marzo de 1976 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de abril), por la que se dictan directrices con carácter provisional, para la elaboración de los Planes de Estudios del citado ciclo de Facultades Universitarias; en su virtud, previo dictamen de la Junta Nacional de Universidades y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa,
Este Ministerio ha dispuesto:
Se aprueba el Plan de Estudios del segundo ciclo de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Córdoba con arrteglo a la distribución que figura en el anexo de esta Orden.
El Plan tendrá carácter provisional y experimental.
En ningún caso, el Plan de Estudios que se aprueba podrá implicar aumento de las dotaciones y consignaciones presupuestarias que comporta el Plan de Estudios hasta ahora vigente.
Queda implantado el citado Plan de Estudios desde el presente curso académico 1976-1977.
Lo que digo a V. I. a los efectos consiguientes.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 1 de octubre de 1976.‒P. D., el Subsecretario, Sebastián Martín Retortillo Baquer.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
SECCION DE BIOLOGICAS
Especialidad fundamental
Cuarto curso:
Fisiología animal.
Fisiología vegetal.
Ampliación de bioquímica.
Una asignatura optativa a elegir entre:
Microbiología industrial.
Geografía física.
Micología.
Virología.
Quinto curso:
Ampliación de microbiología.
Ampliación de genética.
Ecología.
Una asignatura optativa a elegir entre:
Antropología.
Embriología.
Biofísica.
Inmunología.
Química física.
Especialidad Botánica
Cuarto curso:
Fisiología vegetal.
Botánica criptogámica.
Edafología.
Una asignatura optativa a elegir entre:
Microbiología industrial.
Geografía física.
Fitopatología.
Fisiología animal.
Quinto curso:
Botánica (fanerogámica).
Genética vegetal.
Ecología.
Una asignatura optativa a elegir entre:
Paleontología.
Ampliación de Edafología.
Geobotánica.
Botánica aplicada.
Especialidad de Zoología
Cuarto curso:
Fisiología animal.
Entomología.
Invertebrados.
Una asignatura optativa a elegir entre:
Microbiología industrial.
Geografía física.
Micología.
Fisiología vegetal.
Genética animal.
Quinto curso:
Vertebrados.
Antropología.
Ecología.
Una asignatura optativa a elegir entre:
Paleontología.
Embriología.
Etología.
Parasitología.
El horario será de seis horas semanales cada asignatura (teóricas más prácticas).
Para matricularse en las asignaturas de cuarto curso se atenderá a lo dispuesto en el apartado tercero de la Orden ministerial de 16 de marzo de 1976 («Boletín Oficial del Estado» del 2 de abril) con la única excepción de que es obligatorio haber demostrado, mientras se cursen asignaturas del primer ciclo, la suficiencia en el conocimiento del idioma Inglés.
Se establecen como incompatibles las asignaturas del mismo carácter entre uno y otro ciclo y uno y otro curso.
No se estima necesaria la Memoria de investigación o reválida para la obtención del título correspondiente. En cuanto al acceso al tercer ciclo se atenderá a lo dispuesto en el apartado sexto de la Orden ministerial de 16 de marzo de 1976 («Boletín Oficial del Estado» del 2 de abril).
La Facultad podrá revisar anualmente este Plan de Estudios cuando las circunstancias de desarrollo científico, medios económicos y humanos, etc., lo aconsejen.
SECCION DE QUIMICAS
Especialidad fundamental
Cuarto curso:
Ampliación de Química orgánica.
Ampliación de Química inorgánica.
Ampliación de Química analítica.
Una asignatura optativa a elegir entre:
Bioquímica.
Qumica industrial.
Química agrícola I.
Quinto curso:
Ampliación de Química física.
Análisis instrumental.
Dos asignaturas optativas a elegir entre:
Química inorgánica estructural.
Estructura Atómica molecular y espectroscopia.
Mecanismo de reacciones orgánicas.
Química agrícola II.
El horario será de seis horas semanales cada asignatura (teóricas más prácticas.
Para matricularse de las asignaturas de cuarto curso se atenderá a lo dispuesto en el apartado tercero de la Orden ministerial de 16 de marzo de 1976 («Boletín Oficial del Estado» del 2 de abril), con la única excepción de que es obligatorio haber demostrado, mientras se cursen asignaturas del primer ciclo, la suficiencia en el conocimiento del idioma inglés.
Se establecen como incompatibles las asignaturas del mismo carácter entre uno y otro ciclo y entre uno y otro curso.
No se estima necesaria Memoria de investigación o reválida para la obtención del título correspondiente. En cuanto al acceso al tercero ciclo se atenderá a lo dispuesto en el apartado sexto de la Orden ministerial de 16 de marzo de 1976 («Boletín Oficial del Estado» del 2 de abril).
La Facultad podrá revisar anualmente este Plan de Estudios cuando las circunstancias de desarrollo científico, medios económicos y humanos, etc., lo aconsejen.
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