Vistos los informes favorables emitidos por la Dirección General de Puertos y Señales Marítimas en relación con lo establecido en el apartado 2.3 de la Orden del Ministerio de Hacienda de 28 de noviembre de 1975, y en uso de las facultades en misma concedidas,
Esta Dirección General acuerda autorizar a las Aduanas de Alicante, Cartagena, La Coruña, Palamós, Puerto de Santa María, Sevilla y Tarragona para la realización de despachos de exportación de mercancías con salida definitiva por otra Aduana distinta, con el cumplimiento de las normas establecidas en la citada Orden ministerial y de las demás que resulten aplicables.
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de abril de 1977.–El Director general, Germán Anilo Vázquez.
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