Ilmo. Sr.: Vista la instancia presentada en esa Dirección General por «Luis Calvo Sanz, S. L.», fabricante de conservas de pescado en Carballo, de la provincia de La Coruña, en la que solicita se amplíe la habilitación del punto de costa de quinta clase de Lago, para la importación de pescado congelado a fin de evitar loe mayores riesgos y gastos que supone tener que hacerlo por otras Aduanas o puntos habilitados situados a mayor distancia de su factoría.
Vistos el apéndice número 1 de las vigentes Ordenanzas de Aduanas, el Decreto número 3753/1964, de 12 de noviembre, y el informe de la Administración Principal de Aduanas de La Coruña.
Considerando la posibilidad de atender a lo solicitado, facilitando de esta forma el tráfico indicado.
Este Ministerio, de conformidad con lo propuesto por V. I., ha resuelto ampliar la habilitación del punto de costa de quinta clase de Lage, dependiente de la Aduana de La Coruña, para la importación de pescado congelado.
Serán a cargo de los Interesados las dietas y gastos de locomoción que reglamentariamente puedan devengarse con ocasión de la realización de estos servicios.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 2 de mayo de 1977.‒P. D., el Subsecretario de Hacienda, Federico Trenor y Trenor.
Ilmo. Sr. Director general de Aduanas.
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