Ilmo. Sr.: De conformidad con el dictamen emitido por el Consejo Nacional de Educación,
Este Ministerio ha dispuesto que, a efectos de lo prevenido en el artículo 16 de la Ley 83/1965, de 17 de julio, se considere equiparada la cátedra de «Estadística y Métodos estadísticos» de las Facultades de Ciencias Económicas y Empresariales con la de «Estadística teórica» de las mismas Facultades, sin que esta equiparación tenga carácter recíproco.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 4 de julio de 1977.-P. D., el Director general de Universidades, Juan Antonio Arias Bonet.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
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