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Documento BOE-A-1977-2275

Resolución de la Dirección General de Política Arancelaria e Importación por la que se incorporan al régimen de libre importación determinadas mercancías.

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 27 de enero de 1977, páginas 1921 a 1921 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1977-2275

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

En cumplimiento de lo estipulado en el párrafo 5 del artículo 5 del anejo 2 del Acuerdo entre España y la Comunidad Económica Europea de 1970, la Dirección General de Política Arancelaria e Importación ha resuelto aplicar el régimen de libre importación a las mercancías que a continuación se mencionan:

Partida arancelaria Mercancía
29.42 A Morfina, etilmorfina, codeína, narcotina, narceína, etilnarceína y tebaína y sus sales respectivas: alcaloides totales del opio con 50 por 100 de morfina.
29.42 C Dihidrocodeína, dihidrocodeinona, dihidroxicodeinona y cocaína y sus sales respectivas.
73.36 Estufas, caloríferos, cocinas (incluidos los que se puedan utilizar accesoriamente para la calefacción central), hornillos, calderas con hogar, calientaplatos y aparatos similares no eléctricos, de los tipos utilizados para usos domésticos, así como sus partes y piezas sueltas, de fundición, hierro o acero.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 21 de enero de 1977.–El Director general, José Ramón Bustelo.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Política Arancelaria e Importación de Productos Industriales.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/01/1977
  • Fecha de publicación: 27/01/1977
Referencias anteriores
  • CITA Acuerdo de 29 de junio de 1970.
Materias
  • Importaciones
  • Productos químicos

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