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Documento BOE-A-1977-23471

Real Decreto 2418/1977, de 23 de julio, por el que se modifica la subpartida arancelaria 84.35-C-4 (Máquinas rotativas: Offset).

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 1977, páginas 21307 a 21307 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1977-23471

TEXTO ORIGINAL

El Decreto novecientos noventa y nueve/mil novecientos sesenta, de treinta de mayo, del Ministerio de Comercio, autoriza en su artículo segundo a los Organismos, Entidades y personas interesadas para formular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo octavo de la Ley Arancelaria, las reclamaciones o peticiones que consideren convenientes en relación con el Arancel de Aduanas.

Como consecuencia de peticiones formuladas al amparo de dicha disposición y que han sido reglamentariamente tramitadas por la Dirección General de Política Arancelaria e Importación, se ha estimado conveniente modificar el texto y los derechos de la subpartida arancelaria ochenta y cuatro punto treinta y cinco-C-cuatro, creando dentro de ella una serie de subdivisiones.

En su virtud, y en uso de la autorización conferida en el artículo sexto, número cuatro, de la mencionada Ley Arancelaria de uno de mayo de mil novecientos sesenta, a propuesta del Ministro de Comercio y Turismo y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintitrés de julio de mil novecientos setenta y siete,

DISPONGO:

Artículo 1.

Queda modificado el vigente Arancel de Aduanas en la forma que figura a continuación:

Partida arancelaria Artículo Derechos arancelarios
84.35-C Máquinas rotativas:  
   4. Offset:  
    a) Con peso unitario hasta 7.500 kg. inclusive. 20 %
    b) Con peso unitario de más de 7.500 ig. hasta 12.000 kg. inclusive. 12 %
    c) Con peso unitario de más de 12.000 kg. 9 %
Artículo 2.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a veintitrés de julio de mil novecientos setenta y siete.

JUAN CARLOS

El Ministro de Comercio y Turismo,

JUAN ANTONIO GARCIA DIEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 23/07/1977
  • Fecha de publicación: 23/09/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 23/09/1977
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6 núm. 4 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
Materias
  • Arancel de Aduanas
  • Maquinaria

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