Ilmo Sr.: Por la Comisión de Planeamiento y Coordinación del Area Metropolitana de Madrid, dentro de su programa de planemiento metropolitano, se ha procedido, a través de la Subcomisión encargada de dirigir los estudios de infraestructuras básicas de Madrid, a redactar y tramitar el Plan Especial de Infraestructuras Básicas (P.E.I.B.) de la provincia.
Tramitado el expediente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 y concordantes del texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 9 de abril de 1976. el Pleno de la Comisión del Area, en sesión celebrada el 13 de junio de 1977, acordó por unanimidad elevarlo a este Ministerio, proponiendo su aprobación,
Este Ministerio, en virtud de las facultades que le vienen atribuidas por el artículo 35.2, b), del texto refundido de la Ley del Suelo, ha resuelto aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras Básicas de la Provincia de Madrid y de cuantos documentos las componen.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 9 de agosto de 1977.
GARRIGUES WALKER
Ilmo. Sr Delegado del Gobierno en la Comisión de Planeamiento y Coordinación del Area Metropolitana de Madrid.
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