La reorganización administrativa aprobada por el Real Decreto mil quinientos cincuenta y ocho/mil novecientos setenta y siete, de cuatro de julio, obliga a actualizar la composición de la Comisión Delegada del Gobierno de Política Científica.
En su virtud, a propuesta del Ministro de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiocho de octubre de mil novecientos setenta y siete,
DISPONGO:
El artículo segundo del Decreto ochocientos noventa y tres/mil novecientos sesenta y tres, de veinticinco de abril, por el que se crea la Comisión Delegada del Gobierno de Política Científica, queda redactado así:
«La Comisión Delegada de Política Científica estará formada por los Ministros del Interior, Hacienda, Comercio y Turismo, Obras Públicas y Urbanismo, Educación y Ciencia, Agricultura, Industria y Energía y Presidencia, y por el Secretario de Estado de Universidades e Investigación, que actuará como Secretario. Cuando el objeto de la reunión lo aconseje, podrán formar parte de la Comisión otros miembros del Gobierno.
El Ministro de la Presidencia ejercerá la Presidencia de la Comisión cuando no asista a ella el Presidente del Gobierno o alguno de los Vicepresidentes.»
Dado en Madrid a veintiocho de octubre de mil novecientos setenta y siete.
JUAN CARLOS
El Ministro de la Presidencia,
JOSE MANUEL OTERO NOVAS
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