Ilustrísimo señor:
En consideración a la propuesta elevada por la Junta Superior Consultiva de la Licencia Fiscal del Impuesto Industrial de 3 de noviembre de 1977, este Ministerio se ha servido disponer:
Inclusión en el epígrafe 9751 de las Tarifas de un apartado f) con la siguiente redacción:
«f) Operaciones de arrendamientos financieros o «leasing» de bienes destinados a actividades agrarias, industriales, comerciales, de servicios o profesionales, incluyendo su posterior venta, ya sea al propio arrendatario o a un tercero cuando aquél no ejercite la correspondiente opción de compra.
Cuota de 50.000 pesetas.»
Este apartado entrará en vigor en 1 de enero de 1978.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 2 de diciembre de 1977.–P. D., el Subsecretario de Hacienda, Dionisio Martínez Martínez.
Ilmo. Sr. Director general de Tributos.
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