Ilmo. Sr.: Visto el expediente incoado a instancia del magnifico y excelentísimo señor Rector de la Universidad de Salamanca, en solicitud de modificación del plan de estudios del primer ciclo de las Secciones de Matemáticas y Geológicas de las Facultades de Ciencias de dicha Universidad;
Considerando que se han cumplido las normas dictadas por este Departamento en materia de elaboración de los planes de estudios de las Facultades Universitarias: en su virtud, previa deliberación de la Junta Nacional de Universidades, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37,1, de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa,
Este Ministerio ha dispuesto:
1. Se aprueba la modificación del plan de estudios del primer ciclo de las Secciones de Matemáticas y Geológicas de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Salamanca, que quedará estructurado conforme figura en el anexo de la presente Orden.
2. El plan tendrá carácter provisional y experimental.
3. En ningún caso el plan de estudios que se aprueba podrá implicar aumento de las dotaciones y consignaciones presupuestarias que comporta el plan de estudios hasta ahora vigente.
Lo digo a V. I. a los efectos consiguientes.
Dios guarde a V. I.
Madrid. 28 de octubre de 1977.–P. D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
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