Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido para la supresión de los Juzgados de Paz de Horcajo de la Ribera y La Lastra del Cano, como consecuencia de la fusión de sus municipios con el de Aliseda de Tormes, con la denominación de Santiago del Tormes (Ávila),
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta formulada por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, y teniendo en cuenta lo establecido en la base primera de la Ley de 19 de julio de 1944, ha acordado la supresión de los Juzgados de Paz de Horcajo de la Ribera y La Lastra del Cano y su incorporación al de igual clase de Aliseda de Tormes, con la denominación de Santiago del Termes, el que se hará cargo de la documentación y archivo de los Juzgados de Paz suprimidos.
Lo que digo a V.l. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V.l. muchos años.
Madrid, 13 de enero de 1977.-P. D., el Subsecretario, Rafael Mendizábal Allende.
Ilmo. Sr. Director general de Justicia.
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