Ilmo. Sr.: Visto el expediente incoado a instancia del excelentísimo señor Rector Magnífico de la Universidad de Murcia para implantación del Plan de estudios del segundo ciclo de la Facultad de Medicina;
Considerando que se han cumplido las prescripciones contenidas en la Orden de este Departamento de 16 de marzo de 1976 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de abril), por la que se dieran directrices con carácter provisional, para la elaboración de los Planes de estudios del citado ciclo de Facultades Universitarias; en su virtud, previo dictamen de la Junta Nacional de Universidades y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa,
Este Ministerio ha dispuesto:
Se aprueba el Plan de estudios del segundo ciclo de la Facultad de Medicina, de la Universidad de Murcia, con arreglo a la distribución que figura en el anexo de esta Orden.
El Plan tendrá carácter provisional y experimental.
En ningún caso, el Plan de estudios que se aprueba podrá implicar aumento de las dotaciones y consignaciones presupuestarias que comporta el Plan de estudios, hasta ahora vigente.
Queda implantado el citado Plan de estudios desde el presente curso académico 1976-77.
Lo que digo a V. I. a los efectos consiguientes.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 1 de octubre de 1976.‒P. D., el Subsecretario, Sebastián Martín-Retortillo Baquer.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
Horas semanales de clase |
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Cuarto curso | |
Patología y Clínica Médicas I. | 5 |
Patología y Clínica Quirúrgicas I. | 5 |
Obstetricia. | 3 |
Historia de la Medicina. | 3 |
Oftalmología (cuatrimestral). | 2 |
Radiología y Medicina Física. | 2 |
Quinto curso | |
Patología y Clínica Médicas II. | 4 |
Patología y Clínica Quirúrgicas II. | 5 |
Pediatría. | 5 |
Ginecología. | 2 |
Psiquiatría. | 2 |
Sexto curso | |
Patología y Clínica Médicas III. | 4 |
Patología y Clínica Quirúrgicas III. | 6 |
Otorrinolaringología. | 2 |
Medicina Preventiva y Social. | 2 |
Dermatología (cuatrimestral). | 2 |
Medicina legal (cuatrimestral). | 2 |
Las enseñanzas teóricas se complementarán con las prácticas de las distintas asignaturas en la medida necesaria para el mejor aprovechamiento docente y con arreglo a las posibilidades de la Facultad.
La asignatura de Radiología y Medicina Física se homologa a la asignatura denominada Terapéutica Física de Planes anteriores y ía sustituye a todos los efectos.
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