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Documento BOE-A-1977-7702

Orden de 16 de marzo de 1977 por la que se aprueban las modificaciones de la Reglamentación Nacional de Trabajo para las Empresas de Contratas Ferroviarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 25 de marzo de 1977, páginas 6784 a 6784 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1977-7702

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

Visto el escrito de la Unión de Trabajadores y Técnicos de la Agrupación Nacional de Contratas Ferroviarias, remitido por el Sindicato Nacional de Transportes y Comunicaciones sobre revisión de la tabla salarial preceptuada en el artículo 30 de la Reglamentación Nacional de Trabajo de Contratas Ferroviarias aprobada por Orden de 31 de julio de 1972 y modificada por Orden de 5 de mayo de 1976, y otros extremos referidos a la misma, y previos los asesoramientos previstos en la Ley de 16 de octubre de 1942, en uso de las facultades conferidas por la misma y a propuesta de la Dirección General de Trabajo, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo 1.

Aprobar las modificaciones de la Reglamentación Nacional de Trabajo para las Empresas de Contratas Ferroviarias de 31 de julio de 1972 que se contienen en el anexo que se publica con la presente Orden. Las modificaciones de los artículos 27 y 95 tendrán efectos desde 1 de marzo de 1977 y la del artículo 60 desde el 10 de julio de 1977.

Artículo 2.

Autorizar a la Dirección General de Trabajo para dictar cuantas disposiciones fueran precisas para interpretar y aplicar las modificaciones que se establecen de la mencionada Reglamentación.

Artículo 3.

Disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Orden y de su anexo.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 16 de marzo de 1977.

RENGIFO CALDERON

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Trabajo.

ANEXO
Artículos de la Reglamentación Nacional de Trabajo para las Empresas de Contratas Ferroviarias, de 31 de julio de 1972, que se modifican por la Orden de 16 de marzo de 1977

Artículo 27. Tendrá el siguiente texto:

«El personal a que afecta esta Reglamentación percibirá por jornada completa los salarios base iniciales que a continuación se señalan para cada categoría:

Categorías

Salario mensual

Pesetas

Grupo A. Personal administrativo  
Inspector Pagador. 25.535
Jefe administrativo de primera. 23.960
Jefe administrativo de segunda. 21.070
Jefe de dependencia con más de 50 trabajadores. 20.610
Jefe de dependencia de hasta 50 trabajadores. 17.190
Oficial de primera. 19.250
Oficial de segunda. 17.150
Auxiliar. 14.975
Aspirante de diecinueve años. 14.250
Aspirante de dieciocho años. 13.970
Aspirante de diecisiete años. 11.450
Aspirante de dieciséis años. 10.575
Grupo B. Mandos medios  
Jefe de equipo o grupo. 15.905
Grupo C. Personal obrero  
  Diario
Especialista. 465
Peón de carga y descarga. 462
Peón de desinfección. 447
Peón de limpieza. 441
Pinches de dieciséis y diecisiete años. 285
Pinches de quince años. 264
Grupo D. Personal subalterno  
Ordenanza. 14.005
Botones o Recadista. 9.660
Mujer de limpieza (por hora) 68. »

Artículo 60. Tendrá el siguiente texto:

«La duración de las vacaciones anuales, para todas las categorías profesionales de esta Reglamentación, será de treinta días naturales.»

Artículo 95. El párrafo segundo tendrá el siguiente texto:

«La duración para monos o buzos y batas será de seis meses; pantalones, en los servicios de limpieza exterior, seis meses, y en los de limpieza interior, un año. Todos estos casos están sujetos a las normas del párrafo anterior, pero referidas a su respectiva duración.»

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 16/03/1977
  • Fecha de publicación: 25/03/1977
  • Efectos de los arts. 27 y 95 desde el 1 de marzo de 1977 y del art. 60 desde el 1 de julio de 1977.
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 27, 95 y 60 de la Reglamentación aprobada por Orden de 31 de julio de 1972 (Ref. BOE-A-1972-1225).
  • DE CONFORMIDAD con la Ley de reglamentaciones de trabajo, de 16 de octubre de 1942 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1942-9522).
  • CITA Orden de 5 de mayo de 1976 (Ref. BOE-A-1976-10082).
Materias
  • Empresas
  • Ferrocarriles
  • Reglamentaciones Nacionales de Trabajo

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