Está Vd. en

Documento BOE-A-1978-12959

Orden de 3 de mayo de 1978 por la que los títulos de Celadora y de Reeducadora expedidos por el Patronato de Protección a la Mujer se declaran equivalentes al de Asistente Social, a los solos efectos de integración en la Escala de Asistentes Sociales de dicho Patronato.

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 13 de mayo de 1978, páginas 11471 a 11471 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1978-12959

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1812/1978, de 18 de junio, y previo informe de la Dirección General de Enseñanza Medias,

Este Ministerio ha tenido a bien considerar que los títulos de Celadora y Reeducadora expedidos por el Patronato de Protección a la Mujer a sus Visitadoras Sociales sean equivalentes a los de Asistente Social, a los solos efectos de integración en la Escala de Asistentes Sociales del mencionado Patronato.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 3 de mayo de 1978.

CAVERO LATAILLADE

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 03/05/1978
  • Fecha de publicación: 13/05/1978
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición transitoria primera del Real Decreto 1812/1976, de 18 de junio (Ref. BOE-A-1976-14600).
Materias
  • Funcionarios de Organismos Autónomos
  • Patronato de Protección a la Mujer
  • Títulos académicos y profesionales

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid