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Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido por la Subcomisión de Reestructuración de Partidos Sanitarios de la Provincia de Huesca, y, teniendo en cuenta:
Que en la propuesta en cuestión, entre otros aspectos, figura la segregación del complejo turístico de Candanchú (municipio de Aísa) del partido médico de Jasa y su agregación al partido médico de Canfranc.
Que la propuesta aludida ha sido sometida a información pública en el «Boletín Oficial» de la provincia de 30 de mayo de 1977, sin que se haya presentado alegación alguna por parte interesada al respecto.
Que la modificación expuesta resulta urgente efectuarla para la mejor atención sanitaria al complejo turístico de Candanchú.
Este Ministerio ha tenido a bien aceptar la parte Indicada de la propuesta de la Subcomisión Provincial de Reestructuración de Partidos Sanitarios de Huesca, a tenor del artículo 3.° del Decreto 3318/1974, de 21 de noviembre, y en su consecuencia disponer la modificación de los partidos que se indican:
Segregación en el partido médico de Jasa del complejo turístico de Candanchú (municipio de Aísa) y agregación al partido médico de Canfranc.
Los partidos resultantes quedarán así:
Jasa, Aísa (menos el complejo turístico de Candanchú), con una plaza de 3.ª categoría. Partido cerrado.
Canfranc, Villanúa, complejo turístico de Candanchú (municipio de Aísa) con una plaza de Médico titular (con residencia en Canfranc-Estación) y una plaza de Practicante titular, ambas de 3.ª categoría. Partido cerrado.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 2 de Julio de 1978.
SANCHEZ DE LEON
Ilmo. Sr. Director general de Asistencia Sanitaria.
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