Excelentísimo señor:
El artículo séptimo del Estatuto de Personal al servicio de los Organismos Autónomos, aprobado por Decreto 2043/1971, de 23 de julio, establece que los funcionarios de carrera propios de aquéllos serán agrupados por niveles, en los que se clasificarán las escalas, plantillas o plazas existentes, de acuerdo con el grado de formación requerido para el ingreso en las mismas.
La clasificación a que se refiere este artículo fue llevada a efecto, de acuerdo con lo ordenado por la disposición transitoria primera, número 3, del mismo Estatuto, por Orden de la Presidencia del Gobierno de 30 de julio de 1973 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de agosto), clasificándose entre otras, la escala de Oficiales de Primera y Segunda del Parque de Maquinaria del Ministerio de Obras Públicas, con el nivel D.
Por sentencia de la Sala Quinta del Tribunal Supremo en los recursos números 505.678 y 506.045, promovidos por don José Fernández Zapata, y otros, dictada en 1 de octubre de 1977, se anula la Orden referida en cuanto asigne el nivel D a dichos Oficiales, declarándose que, en su lugar, procede asignar a los recurrentes, en cuanto ocupan las citadas plazas, el nivel C.
Por la misma sentencia se desestima el recurso número 506.046 interpuesto por don Joaquín Sáez Hernández y otros y se confirma el nivel señalado en la Orden de 30 de julio, antes citada, a los Jefes de Negociado del mismo Organismo autónomo.
Dispuesto el cumplimiento de la sentencia en sus propios términos, por Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 23 de enero de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 21 de marzo),
Esta Presidencia del Gobierno, en uso de las atribuciones que le están conferidas por la disposición final quinta del Decreto 2043/1971, de 23 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de Personal al Servicio de los Organismos Autónomos y de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer:
Se clasifique en el nivel C la escala de Oficial de Primera y de Segunda del Parque de Maquinaria del Ministerio de Obras Públicas.
Lo que comunico a V. E. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. E.
Madrid, 7 de julio de 1978.
OTERO NOVAS
Excmo. Sr. Ministro de Obras Públicas y Urbanismo.
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