Ilmo. Sr.: De conformidad con el dictamen emitido por el Consejo Nacional de Educación,
Este Ministerio, a efectos de lo prevenido en el artículo 16 de la Ley 83/1985, de 17 de julio, ha dispuesto que las cátedras de «Patología y Clínica quirúrgicas» de las Facultades de Medicina de las Universidades se consideren equiparadas a las de «Cirugía traumatológica y ortopédica» de la misma Facultad, sin que esta equiparación tenga carácter recíproco.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 28 de julio de 1978.‒P. D., el Director general de Universidades, Manuel Cobo del Rosal.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
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