Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 226, de fecha 21 de septiembre de 1978, páginas 22054, 22055 y 22056, se transcriben a continuación las rectificaciones oportunas:
En la página 22055, artículo octavo, líneas tercera y cuarta, donde dice: «al personal transferido que, contratado en la Administración del Estado tanto en régimen administrativo como laboral, reúna», debe decir: «al personal contratado en la Administración del Estado, tanto en régimen administrativo como laboral, que reúna».
Asimismo, en la página 22056 se ha omitido una disposición final del siguiente tenor literal:
El presente Real Decreto entrará en vigor el primero de octubre de mil novecientos setenta y ocho».
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