Ilmo. Sr.: La elevación de los costos de explotación de los servicios discrecionales de transporte especializado de líquidos y gases en vehículos cisternas ha producido un desequilibrio económico en la explotación de estos servicios, poniendo en peligro su eficaz prestación, lo que aconseja revisar las tarifas vigentes en tales servicios, a fin de actualizarlas.
En su virtud, de conformidad con el informe favorable de la Junta Superior de Precios y previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Quedan elevadas en un 12 por 100 las tarifas actualmente vigentes en los servicios discrecionales de transporte especializado de líquidos y gases en vehículos cisternas.
Por la Dirección General de Transportes Terrestres se dictarán las instrucciones que, en su caso, resulten precisas para la ejecución y desarrollo de la presente Orden, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 3 de noviembre de 1978.
SÁNCHEZ-TERÁN HERNÁNDEZ
Ilmo. Sr. Director general de Transportes Terrestres.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid