Está Vd. en

Documento BOE-A-1978-27889

Orden de 26 de septiembre de 1978 por la que se aprueba la conversión de la Escuela de Ayudantes Técnicos Sanitarios del Hospital de Marina de la Zona Marítima del Cantábrico de El Ferrol del Caudillo en Escuela Universitaria de Enfermería, adscrita a la Universidad de Santiago.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 8 de noviembre de 1978, páginas 25586 a 25587 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1978-27889

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Vista la instancia presentada por el Director del Hospital de Marina de la Zona Marítima del Cantábrico de El Ferrol del Caudillo, ante la Universidad de Santiago, en la que solicita la conversión de la Escuela de Ayudantes Técnicos Sanitarios del citado Hospital de Marina en Escuela Universitaria de Enfermería, acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto 2128/1977, de 23 de julio, artículo 1.°, punto 2, así como los informes favorables de la citada Universidad, oída la Junta de Gobierno de la misma y de la Junta Nacional de Universidades,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Aprobar la conversión de la Escuela de Ayudantes Técnicos Sanitarios del Hospital de Marina de la Zona Marítima del Cantábrico de El Ferrol del Caudillo en Escuela Universitaria de Enfermería, que quedará adscrita a la Universidad de Santiago.

Segundo.

La Escuela Universitaria de Enfermería adscrita del Hospital de Marina de la Zona Marítima del Cantábrico de El Ferrol del Caudillo, se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Educación, en el Decreto 2293/1973, de 17 de agosto, y en el 2128/1977, de 23 de julio, y en su defecto, por los Estatutos Universitarios de la Universidad a que queda adscrita, su propio Reglamento y lo que se fije en el convenio de colaboración académica celebrado con la Universidad de Santiago.

Tercero.

El Reglamento del Centro se ajustará a lo establecido en el Decreto 2293/1973, de 17 de agosto y en la Orden ministerial de 17 de septiembre de 1974, dictada en desarrollo del mismo y deberá ser aprobado por este Ministerio.

Cuarto.

Se autoriza a la Dirección General de Universidades para dictar las normas e instrucciones precisas para la interpretación y desarrollo de lo establecido en la presente Orden.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 26 de septiembre de 1978.–P. D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.

Ilmo. Sr. Director general de Universidades.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/09/1978
  • Fecha de publicación: 08/11/1978
Referencias anteriores
Materias
  • Enfermería
  • Escuelas de Ayudantes Técnicos Sanitarios
  • Escuelas Universitarias
  • Universidad de Santiago de Compostela

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid