Ilmo. Sr.: Vista la instancia presentada por la Residencia Sanitaria de la Seguridad Social «General Primo de Rivera» de Jerez de la Frontera (Cádiz), ante la Universidad de Sevilla, en la que solicita la conversión de la Escuela de Ayudantes Técnicos Sanitarios de la citada Residencia Sanitaria en Escuela Universitaria de Enfermería, acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto 2128/1977, de 23 de julio, artículo 1.°, punto 2, así como los informes favorables de la citada Universidad, oída la Junta de Gobierno de la misma y de la Junta Nacional de Universidades,
Este Ministerio ha dispuesto:
Aprobar la conversión de la Escuela de Ayudantes Técnicos Sanitarios de la Residencia Sanitaria de la Seguridad Social «General Primo de Rivera» de Jerez de la Frontera (Cádiz) en Escuela Universitaria de Enfermería, que quedará adscrita a la Universidad de Sevilla.
La Escuela Universitaria de Enfermería adscrita «General Primo de Rivera» de Jerez de la Frontera (Cádiz), se regirá por lo disuesto en la Ley Genera de Educación, en el Decreto 2293/1973, de 17 de agosto y en el 2128/1977, de 23 de julio y, en su defecto, por los Estatutos Universitarios de la Universidad a que queda adscrita, su propio Reglamento y lo que se fije en el convenio de colaboración académica celeJrado con la Universidad de Sevilla.
El Reglamento del Centro se ajustará a lo establecido en el Decreto 2293/1973, de 17 de agosto y en la Orden ministerial de 17 de septiembre de 1974, dictada en desarrollo del mismo y deberá ser aprobado por este Ministerio.
Se autoriza a la Dirección General de Universidades para dictar las normas e instrucciones precisas para la interpretación y desarrollo de lo establecido en la presente Orden.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 26 de septiembre de 1978.–P. D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
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