Ilmo. Sr.: Vista la propuesta elevada por el excelentísimo señor Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en solicitud de cambio de denominación de asignaturas en el nuevo plan de estudios de primer ciclo de «Psicología» de la mencionada Universidad;
Considerando que se han cumplido las normas dictadas por este Departamento en materia de elaboración de los planes de estudios de las Facultades Universitarias, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, y de conformidad con el dictamen emitido por la Junta Nacional de Universidades,
Este Ministerio ha dispuesto:
La asignatura «Fundamentos de Psicología matemática», de primer curso, debe denominarse en lo sucesivo «Psicología matemática I».
La asignatura «Psicología matemática» de segundo curso, debe denominarse en lo sucesivo «Psicología matemática II».
Estos cambios de denominación de asignaturas entrarán en vigor en el presente curso académico 1978-79.
Lo digo a V. I. a los efectos consiguientes.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 25 de octubre de 1978.–P. D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
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