De conformidad con lo previsto en la Orden ministerial de 30 de abril de 1963 y en su cumplimiento,
Esta Dirección General ha tenido a bien fijar los cupos globales que regirán durante el año 1978, que son los que figuran en la relación adjunta.
Oportunamente, y para general conocimiento, se anunciará en el «Boletín Oficial del Estado» la apertura de cada uno de los cupos goblales, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden ministerial de 5 de agosto de 1959.
Madrid, 6 de febrero de 1978.–El Director general, José Ramón Bustelo.
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