De conformidad con la Ley aprobada por las Cortes vengo en sancionar:
Se concede un suplemento de crédito de dos mil trescientos once millones quinientas mil pesetas, aplicado al presupuesto en vigor de la Sección dieciséis «Ministerio de la Gobernación», servicio cero uno «Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales», capítulo dos «Compra de bienes corrientes y de servicios», artículo veinticinco «Gastos especiales para funcionamiento de los Servicios», concepto doscientos cincuenta y siete «Para satisfacer toda clase de gastos, incluso de personal, que se presenten en la celebración de la próxima convocatoria de Elecciones Legislativas».
El importe a que asciende el mencionado suplemento de crédito se cubrirá con anticipaciones a facilitar al Tesoro por el Banco de España.
Dada en Madrid a veinte de febrero de mil novecientos setenta y ocho.
JUAN CARLOS
El Presidente de las Cortes,
ANTONIO HERNANDEZ GIL
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