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Documento BOE-A-1978-5477

Orden de 11 de febrero de 1978 sobre creación de tres nuevas Secciones en la Delegación del Gobierno en «Tabacalera, S. A.», y «Tabacos de Ceuta y Melilla, S. A.» (TACEMESA).

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 1978, páginas 4490 a 4490 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1978-5477

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

La intervención de la Delegación del Gobierno se ha visto notablemente incrementada como consecuencia de los vigentes contratos celebrados entre el Estado y las dos Compañías gestoras del Monopolio. «Tabacalera, S. A.», y «Tabacos de Ceuta y Melilla, S. A.» (TACEMESA). La actual Sección Técnica Industrial de la Delegación del Gobierno, actualmente atendida por siete Ingenieros, no ha adaptado su estructura a las nuevas circunstancias, no existiendo correspondencia, ni en rango ni en potencia de sus Servicios, con las estructuras de las Compañías gestoras a las que se inspecciona e interviene, siendo preciso, para el mejor desarrollo de las funciones, no acumular indiscriminadamente en unas mismas personas tareas correspondientes a materias muy diferenciadas.

Por ello, se considera necesaria la creación de tres nuevas Secciones, denominadas «Adquisiciones de Tabacos y Efectos de Fabricación», «Obras e Instalaciones» e «Industria Canaria y Labores Importadas», responsabilizando a cada uno de sus Jefes en las materias específicas correspondientes a tales Secciones.

En su consecuencia, este Ministerio, a propuesta de ese Centro, previo informe de la Secretaría General Técnica y con la aprobación de la Presidencia del Gobierno, ha dispuesto lo siguiente:

Se crea en la Delegación del Gobierno en «Tabacalera, Sociedad Anónima», y «Tabacos de Ceuta y Melilla, Sociedad Anónima» (TACEMESA), las tres nuevas Secciones que a continuación se indican:

A) Sección de Adquisiciones de Tabacos y Efectos de Fabricación, que entenderá en cuantos expedientes se relacionan con las adquisiciones y control de efectos de fabricación y tabacos indígenas y exóticos.

B) Sección de Obras e Instalaciones, que entenderá de los expedientes relativos a obras e instalaciones en todos los edificios y dependencias de la Renta.

C) Sección de Industria Canaria y Labores Importadas, que entenderá en todo lo relativo a la Industria Tabaquera Canaria, inspección de la misma e importación de labores.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 11 de febrero de 1978. ‒P. D., el Subsecretario de Hacienda, Dionisio Martínez Martínez.

Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno en «Tabacalera, S. A », y «Tabacos de Ceuta y Melilla, S. A.» (TACEMESA).

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 11/02/1978
  • Fecha de publicación: 24/02/1978
Materias
  • Ministerio de Hacienda
  • Tabacalera

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