Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-10004

Real Decreto 755/1979, de 16 de marzo, por el que se acuerda la enajenación directa de un inmueble en la plaza de España, número 4, del término municipal de Canfranc (Huesca), con una superficie de 351,12 metros cuadrados, a favor del Ayuntamiento de Canfranc.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 1979, páginas 8580 a 8580 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-10004

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Canfranc (Huesca) ha solicitado la adjudicación directa a su favor de un inmueble, propiedad del Estado, sito en el término municipal de Canfranc (Huesca), el cual ha sido tasado por los Servicios Técnicos del Ministerio de Hacienda en la cantidad de quinientas cuarenta y cuatro mil doscientas treinta y seis pesetas.

Concurren en el presente caso circunstancias que justifican hacer uso de la autorización concedida en el artículo sesenta y tres, de la Ley del Patrimonio del Estado de quince de abril de mil novecientos sesenta y cuatro.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día dieciséis de marzo de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo sesenta y tres de la Ley del Patrimonio del Estado de quince de abril de mil novecientos sesenta y cuatro, se acuerda la enajenación directa a favor del Ayuntamiento de Canfranc (Huesca) de una finca sita en la plaza de España, número cuatro, del término municipal de Canfranc, con una superficie de trescientos cincuenta y uno coma doce metros cuadrados, y los linderos siguientes: Norte, plaza de España, o espacio de vía pública que le separa de las casas números cuatro y cinco del poblado de Arañones; Sur, vía pública que la separa de las casas números uno y tres de dicho poblado; Este, espacio de vía pública que la separa del edificio, hoy destinado a matadero, y Oeste carretera nacional trescientos treinta de La Peña de Francia, por el Puerto de Somport.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Jaca, al tomo ochocientos sesenta y cuatro, libro trece, folio quince, finca novecientos cincuenta y uno, inscripción primera.

Artículo 2.

El precio de dicha enajenación es el de quinientas cuarenta y cuatro mil doscientas treinta y seis pesetas, las cuales deberán ser ingresadas en el Tesoro por el citado Ayuntamiento en el plazo de quince días a partir de la notificación por la Delegación de Hacienda de Huesca, siendo también por cuenta del mismo todos los gastos originados en la tramitación del expediente y los que se causen en cumplimiento del presente Real Decreto.

Artículo 3.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites conducentes a la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a dieciséis de marzo de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

FRANCISCO FERNANDEZ ORDOÑEZ

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid