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Documento BOE-A-1979-10033

Orden de 14 de marzo de 1979 por la que se acepta la solicitud para acogerse a los beneficios previstos en el Decreto 2225/1968, de 14 de septiembre, aplicables a las Empresas que proyecten instalaciones industriales en la zona de preferente localización industrial del Valle del Cinca.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 1979, páginas 8593 a 8594 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-10033

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: La Orden de este Ministerio de 8 de mayo de 1976 («Boletín Oficial del Estado» del día 20) abrió un nuevo plazo de presentación de solicitudes para acogerse a los beneficios aplicables a las Empresas que se instalen en las zonas de preferente localizaciól industrial y dio normas para la tramitación de las mismas.

En el caso de la zona de preferente localización industrial del Valle del Cinca los beneficios aplicables son los establecidos en el Decreto 2225/1968, de 14 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 21)

El apartado 11 de la Orden antes citada establece que el Ministerio de Industria decidirá sobre cada solicitud presentada mediante la correspondiente Orden ministerial. Además, el citado apartado señala que esta Orden determinará los beneficios que se concedan de acuerdo con el cuadro anexo a la citada Orden de 8 de mayo de 1976.

Habiéndose seguido, respecto de la solicitud relacionada en el anexo de esta Orden, todos los trámites establecidos en la de 8 de mayo de 1976, procede resolver sobre la misma.

En su virtud, este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de Promoción Industrial y Tecnología, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero

Queda aceptada, correspondiéndole los beneficios del grupo en que ha sido clasificada de acuerdo con lo que se señala en el anexo de esta Orden la solicitud de la Empresa que en el mismo se relaciona y que ha sido presentada, al amparo de la Orden de este Departamento de 8 de mayo de 1976 («Boletín Oficial del Estado» del día 20), para la obtención de los beneficios previstos en el Decreto 2225/1968, de 14 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 21), sobre declaración como zonas de preferente localización las de regadío del Valle del Cinca.

Segundo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2 del Decreto 2853/1964, de 8 de septiembre, que desarrolló la Ley de Industrias de Interés Preferente, una Orden del Ministerio de Hacienda determinará los beneficios fiscales de carácter estatal que correspondan a la Empresa mencionada.

Tercero

1. Los beneficios fiscales tendrán una duración de cinco años y se computarán y aplicarán en la forma y condiciones que determinan las Ordenes del Ministerio de Hacienda de 23 de septiembre de 1964, de 27 de marzo de 1965 y demás disposiciones vigentes.

2 El beneficio de expropiación forzosa se tramitará de acuerdo con lo establecido en los artículos 13 y 14 del Decreto 2853/1964, de 8 de septiembre, que desarrolló la Ley de Industrias de Interés Preferente.

3. La preferencia en la obtención de crédito oficial se aplicará en defecto de otras fuentes de financiación y de acuerdo con las reglas y condiciones actualmente establecidas o que en lo sucesivo se establezcan para el crédito oficial.

Cuarto.

Se autoriza a la Dirección General de Promoción Industrial y Tecnología a dictar cuantas resoluciones exija la aplicación de la presente Orden.

Quinto.

Se notificará a la Empresa beneficiaría, a través de la Delegación Provincial de este Ministerio que corresponda, la resolución en que se especifiquen los beneficios obtenidos y se establezcan las condiciones generales y especiales a que aquélla deberá someterse, así come el plazo en que deberá quedar iniciada y concluida la instalación proyectada.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid 14 de marzo de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Manuel María de Uriarte y Zulueta.

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Ministerio.

ANEXO
Clasificación de solicitud presentada para la concesión de los beneficios correspondientes a la zona de preferente localización industrial de la comarca del Valle del Cinca

Número del expediente: VC-29. Empresa: Cooperativa Industrial del Cinca. Actividad: Grasas y harinas para nutrición animal. Localidad: Fraga (Huesca). Grupo de beneficios: A, sin subvención.

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