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Documento BOE-A-1979-10036

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza el establecimiento de la subestación transformadora de energía eléctrica denominada «Los Hondos».

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 1979, páginas 8595 a 8595 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-10036

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio en Madrid, a instancia de «Hidroeléctrica Ibérica Ibérduero, S A.», con domicilio en Bilbao, calle Gardoqui, número 8, solicitando autorización para establecer una, subestación transformadora de energía eléctrica y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiaciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939,

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma, ha resuelto autorizar a «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S. A.», el establecimiento de una subestación transformadora de energía eléctrica denominada «Los Hondos», que está situada al sur del barrio de Orcasitas, en el término municipal de Madrid.

Esta subestación intemperie tipo «H», con relación de transformación 220/45 KV., comprende las siguientes instalaciones:

Sistema a 220 KV.: Dos entradas de línea, un enlace de barras y alimentación a dos transformadores de 75 MVA. de potencia cada uno y relación de transformación 220/45 KV.

Sistema a 45 KV.: Doble embarrado, uno en «U» y el otro en «T», doce salidas de línea.

Completarán la instalación dos transformadores para servicios auxiliares de 200 KVA. de potencia cada uno, y relación de transformación 45.000/230-127 V.. así como los preceptivos elementos de protección, medida y maniobra.

La finalidad de esta instalación es reforzar el servicio en la zona de Villaverde, con objeto de cubrir los incrementos de demanda que se producen y facilitar una explotación más racional de la red a 45 KV.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619-1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en el plazo máximo de ocho meses

Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórroga se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Lo que comunico a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 14 de marzo de 1979.‒El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria y Energía en Madrid.

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