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Documento BOE-A-1979-10062

Orden de 13 de marzo de 1979 por la que se modifica y amplía el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a «S. A. de Industrias Plásticas» (S. A. I. P.), en el sentido de sustituir la importación de Noryl por la de Moplen SP-21 e incluir nuevos productos de exportación.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 1979, páginas 8601 a 8602 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-10062

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: La firma «S. A. de Industrias Plásticas» (S. A. I. P.), beneficiaria del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo por Orden de 13 de junio de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de agosto) para la importación de óxido de polifenilo (Noryl) y partes y piezas y la exportación de panel instrumentos para coche «Ford Fiesta», solicita se sustituya la importación de Noryl por la de Moplen SP-21, e incluir nuevos productos de exportación.

Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto:

Primero.

Modificar y ampliar el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizadlo a «S. A. de Industrias Plásticas» (S. A. I. P.l, con domicilio en carretera nacional II, kilómetro 600, San Andrés de la Barca (Barcelona), por Orden ministerial de 13 de junio de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de agosto), en el sentido de sustituir la importación de óxido de polifenilo, poliéster termoplástico no cristalino (PPO Noryl) (partida arancelaria 39.01.K), por la de copolímero etileno propileno con cargas minerales, Moplen SP-21 negro (P. A. 39.02.G.2), y los productos de exportación serán:

I. Panel de instrumentos para coche «Ford Fiesta» (base), inyectado en plástico Moplen, con dos tapas guantera, arandelas, tres tapones y emblema adhesivo, modelos 77-FG-TO4304-AAA y 77-FG-TO4304-ABA (P. A. 87.06).

II. Panel de instrumentos para coche «Ford Fiesta» (L), inyectado en plástico Moplen, Con dos tapas guantera, arandelas, molduras y emblema adhesivo, modelos 77-FG-TO4304-ADA y 77-FG-TO4304-ACA (P. A. 87.06).

Segundo.

Se mantienen los módulos contables establecidos en el apartado segunda de la Orden ministerial de 13 de junio de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de agosto).

Tercero.

Las exportaciones que se hayan efectuado desde el 28 de diciembre de 1978 también podrán acogerse a los beneficios de los sistemas de reposición y devolución de derechos derivados de la presenta ampliación y modificación, siempre que se haya hecho constar en la licencia de exportación y en lá restante documentación aduanera de despacho la referencia de estar solicitada y en trámite de resolución. Para estas exportaciones, los plazos para solicitar la importación o devolución, respectivamente, comenzarán a contarse desde la fecha de publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado»

Se mantienen en toda su integridad los restantes extremos de la Orden de 13 de junio de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de agosto) que ahora se modifica y amplía.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid. 13 de marzo de 1979.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Carlos Bustelo y García del Real.

Ilmo. Sr. Director general de Exportación.

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