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El Ayuntamiento de Almacera, de la provincia de Valencia, ha estimado conveniente adoptar su escudo heráldico a fin de perpetuar en él, con adecuada simbología y conforme a las normas de la heráldica, los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico. A tal efecto, y de acuerdo con las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes, elevó, para su definitiva aprobación, el correspondiente proyecto y Memoria descriptiva del mismo.
El expediente se sustanció con arreglo a las normas de procedimiento establecidas en la Ley de Régimen Local, y en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales. La Real Academia de la Historia emitió su dictamen en sentido favorable, con algunas sugerencias que fueron debidamente observadas.
En su virtud, a propuesta del Ministro del Interior, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día nueve de marzo de mil novecientos setenta y nueve,
DISPONGO:
Se autoriza al Ayuntamiento de Almacera, de la provincia de Valencia, para adoptar su escudo heráldico municipal, que quedará organizado de la forma siguiente, de acuerdo con el dictamen de la Real Academia de la Historia: Medio partido y cortado. Primero, de oro, los cuatro palos de gules. Segundo, de gules, castillo de oro, acompañado de dos palmas de sinople, perfiladas de plata, y sumado de una torre de oro, acomañada de dos leones del mismo metal. Tercero, de azur, el cáliz de oro, acompañado de dos peces de plata, trayendo, cada uno en su boca una Forma del mismo metal, y sostenido de ondas de plata y azur. Al timbre, corona real cerrada.
Dado en Madrid a nueve de marzo de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS
El Ministro del Interior,
RODOLFO MARTIN VILLA
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