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Documento BOE-A-1979-10347

Resolución de la Delegación Provincial de Cuenca por la que se autoriza el establecimiento de la línea de transporte de energía eléctrica que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 17 de abril de 1979, páginas 8853 a 8853 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-10347

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Sección de Industria de esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Cuenca a petición de «Hidroeléctrica Española, S. A.», con domicilio en Saceda Trasierra, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de una línea de M. T., y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamento, aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo ordenado en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1968 y Ley de 24 de noviembre de 1939 sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Cuenca, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar a «Hidroeléctrica Española, S. A.», la instalación de línea M. T., cuyas principales características son las siguientes:

Línea aérea, un solo circuito a 20 KV., con una longitud de 3.642 metros y una capacidad de transporte de 660 KVA; con origen en una ya construida a finca de don Justo Palomar y final en centro de transformación para repetidor, propiedad del peticionario, en paraje «Sierra del Buitre». Apoyos metálicos y conductor «Alumoweld 8,34».

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza «a los efectos señalados en la Ley 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 19661

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20  de octubre.

Cuenca, 14 de marzo de 1979.–El Delegado-Provincial, Rafael Gómez del Valle y Egea.–2.503-C.

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