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Documento BOE-A-1979-10350

Resolución de la Delegación Provincial de Lérida por la que se autoriza el establecimiento de las instalaciones eléctricas que se citan (referencia A. 4.185 R. L. T.)

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 17 de abril de 1979, páginas 8854 a 8854 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-10350

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial a petición de «Fuerzas Eléctricas de Cataluña, S. A., con domicilio en Barcelona, plaza de Cataluña, 2, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Decreto 2817/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenaciones eléctricas, y de acuerdo con la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria, y Decreto de este Ministerio de 30 de junio de 1972,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía dé Lérida, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar al peticionario la modificación de las instalaciones eléctricas cuyo objeto y principales características son:

Elevación de tensión de la red de distribución en A. T. de 11 a 25 KV., en los términos municipales de Barbens, Ivars d’Urgell, Palay d’Anglesola, Poal y Linyola.

Línea eléctrica

Origen de la línea: S. E. Mollerusa (A, 1,703).

Final de la línea: C.. H. Popular.

Términos municipales afectados: Paláu de Anglesola, Poal, Linyola, Ivars d’Urgell, Barbens.

Tensión de servicio en KV.: 25.

Longitud en kilómetros: 21.981.

Número de circuitos y conductores: Uno de 3 por 27,87 milímetros cuadrados y uno de 3 por 54,59 milímetros cuadrados de aluminio-acero.

Apoyos: Postes de madera y hormigón.

Se modifican las estaciones transformadoras que se indican a continuación:

Número 185, «Sanahuja», término municipal de Paláu de Anglesola. 50 KVA. 25/220. Número 356, «Revuelta», término municipal de Paláu de Anglesola. 50 KVA. 25/380. Número 62, «Moli Poal», término municipal de Poal. 100 KVA. 25/220. Número 304, «Sancernit», término municipal de Liñola. 250 KVA. 25/380. Número 165, «Mas Víale», término municipal de Liñola. 50 KVA. 25/220. Número 505, «Salse», término municipal de Liñola. 100 KVA. 25/380. Número 346, «Avellanes», término municipal de Liñola. 160 KVA. 25/380. Número 96, «Vallvert», término municipal de Ibars de Urgel. 100 KVA. 25/220. Número 193, «Maso», término municipal de Ibars de Urgel. 250. KVA. 25/380. Número 187, «Granja Mirasol», término mu» nicipal de Liñola. 250 KVA. 25/220. Número 417, «Piedra», término municipal de Liñola. 100 KVA. 25/380. Número 308, «Duart», término municipal de Liñola. 100 KVA. 25/380. Número 365, «Mora», término municipal de Liñola. 160 KVA. 25/380. Número 94, «Liñola», término municipal de Liñola. 250 KVA. 25/380. Número 145, «Ibars de Urgel» - «Eras Ibars». 50 KVA. 25/220. Número 95, «Ibars», término municipal de Ibars de Urgel. 250 KVA. 25/380. Número 312, «Ermita», término municipal de Ibars de Urgel. 250 KVA. 25/380. Número 277, «Marsal», término municipal» de Ibars de Urgel. 200 KVA. 25/220. Número 166, «Mas Tous», término municipal de Ibars de Urgel. 100 KVA. 25/220. Número 521, «Seana», término municipal de Barbens. 100 KVA. 25/380. Número 201, «Altes», término municipal de Barbens. 250 KVA. 25/380. Número 97, «Barbens», término municipal de Barbens. 160 KVA. 25/380.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de 20 de octubre de 1966.

El plazo para la terminación de la instalación reseñada es de un año a partir de la fecha de la presente resolución, no pudiendo entrar en servicio mientras no se cumplan los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1968.

Previos los trámites legales, la Administración podrá declarar la caducidad de esta concesión si se comprobase la inexactitud de las declaraciones de la Empresa que figuran en el expediente o el incumplimiento del plazo concedido.

Lérida, 31 de enero de 1979.–El Delegado provincial, Eduardo Mías Navés.–1.790-18.

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