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Documento BOE-A-1979-10550

Orden de 4 de marzo de 1979 por la que se aprueba el plan de conservación de suelos de la cuenca del barranco de Hornillos, del término municipal de Pegalajar, en la provincia de Jaén.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 20 de abril de 1979, páginas 9082 a 9082 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-10550

TEXTO ORIGINAL

A instancia de los propietarios de la cuenca del barranco de Hornillos, del término municipal de Pegalajar, en la provincia de Jaén, se ha incoado expediente en el que se ha justificado con los correspondientes informes técnicos que en los mismos concurren circunstancias que aconsejan la realización de obras, plantaciones y labores necesarias para la conservación del suelo agrícola, y a tal fin se ha tramitado por la Sección de Conservación de Suelos un plan, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de 20 de julio de 1955, al que han dado su conformidad los interesados. Las obras incluidas en el plan cumplen lo dispuesto en los artículos 2.º y 3.º del Decreto de 12 de julio de 1962.

Vistas las disposiciones legales citadas, la disposición adicional 3.ª de la Ley de 21 de julio de 1971 y el artículo 1, 2, y disposición final 7.ª del Decreto-ley de 28 de octubre de 1971,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

Queda aprobado el plan de conservación del suelo agrícola de la citada cuenca, de una superficie total de 1.270 hectáreas.

Segundo.

El presupuesto es de 16.370.404 pesetas, de las que 15.576.990 pesetas serán subvencionadas, y que la cantidad restante de 793.414 pesetas correrá a cargo de los propietarios.

Tercero.

De acuerdo con la legislación vigente, el Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza dictará las disposiciones necesarias para la realización y mantenimiento de las obras y trabajos incluidos en el referido plan de conservación de suelos, así como para adaptarlo en su ejecución a las características del terreno y a la explotación de la cuenca afectada, fijar el plazo y ritmo de realización de las obras y para efectuarlas directamente en el caso de que los propietarios no las realicen.

Madrid, 4 de marzo de 1979.

LAMO DE ESPINOSA

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