Ilmo. Sr.: Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente promovido por la firma «Crolls, S. A.» en solicitud de que le sea prorrogado el periodo de vigencia del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo que le fue autorizado por Orden de 19 de febrero de 1974 («Boletín Oficial del Estado» del 27) y posteriormente ampliado y modificado por Ordenes de 19 de octubre de 1974 («Boletín Oficial del Estado» del 26), de 3 de mayo de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de agosto) y de 20 de diciembre de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 18 de enero de 1978),
Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto:
Prorrogar por dos años más, a partir del día 27 de febrero de 1974, el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a la firma «Crolls, S. A.», por Orden de 19 de febrero de 1974 («Boletín Oficial del Estado» del 27) y posteriormente ampliado y modificado por Ordenes de 19 de octubre de 1974 («Boletín Oficial del Estado» del 20), de 3 de mayo de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de agosto) y de 20 de diciembre de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 18 de enero de 1978), para la importación de materias primas y piezas y la exportación de lavadoras domésticas de ropa.
Quedan incluidos en los beneficios de la concesión que se prorroga los envíos con destino a territorios fuera del área aduanera nacional.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 29 de marzo de 1979.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Carlos Bustelo y García del Real.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
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