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Documento BOE-A-1979-11147

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza el establecimiento de la línea eléctrica a 220 KV. de tensión, denominada enlace entre la E. T . de Benejama y la E. T. Elda-Sur, y se declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 27 de abril de 1979, páginas 9697 a 9697 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-11147

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio en Alicante a instancia de «Hidroeléctrica Española, S. A.», con domicilio en Madrid, calle de Hermosilla, número 3, solicitando autorización para instalar una línea de transporte de energía eléctrica y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939,

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma, ha resuelto:

Autorizar a «Hidroeléctrica Española, S. A.», el establecimiento de una línea eléctrica aérea, a 220 KV. de tensión, con origen en la E. T. de Benejama y que atravesará los términos municipales de Benajama, Biar, Castalia, Petrel, Novelda y Elda, acometerá a la E. T. «Elda-Sur»; las principales características serán: doble circuito trifásico «dúplex», tendido con conductores de aluminio-acero tipo «Gull», de 381,5 milímetros cuadrados de sección; apoyos de celosía de acero galvanizado de forma troncopiramidal; la protección contra las sobretensiones de origen atmosférico se garantizará mediante doble cable de acero de 50 milímetros cuadrados de sección; el aislamiento será suspendido mediante cadenas de aisladores de elementos «Esa», tipos 1.512 y 1.515; todos los apoyos estarán puestos a tierra de forma reglamentaria. La longitud total de esta línea será de 36 kilómetros.

La finalidad de la línea será alimentar la E. T. «Elda-Sur», para poder reforzar y asegurar el suministro de la zona debido a su importante crecimiento.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/ 1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capitulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en el plazo máximo de seis meses.

Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórroga se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Lo que comunico a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 29 de marzo de 1979.‒El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria y Energía en Alicante.

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