Excmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo seguido en única instancia ante la Sala. Quinta del Tribunal Supremo, entre partes, de una, como demandante, don Antonio Ros Ruiz, quien postula por sí mismo, y de otra, como demandada, la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra los acuerdos del Consejo Supremo de Justicia Militar de 18 de febrero y 11 de mayo de 1976, se ha dictado sentencia con fecha 2 de febrero de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que sin pronunciamiento especial sobre las costas estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Antonio Ros Ruiz, Coronel en situación de retirado, contra los acuerdos del Consejo Supremo de Justicia Militar de dieciocho de febrero y once de mayo de mil novecientos setenta y seis, que por no estar ajustados a derecho los anulamos y en su lugar declaramos que al citado recurrente le corresponde percibir como pensión de retiro, desde el uno de julio de mil novecientos setenta y cuatro treinta y ocho mil trescientas doce coma noventa y seis pesetas; desde el uno de enero de mil novecientos setenta y cinco, cuarenta y una mil seiscientas cuarenta y cuatro coma cincuenta y dos pesetas, y desde el uno de enero de mil novecientos setenta y seis, cuarenta y siete mil cuatrocientas setenta y cuatro como setenta y cinco pesetas y mandamos a la Administración que haga efectivo tal derecho con el abono de las diferencias dejadas de percibir. Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 105 de la Ley de lo Contencioso-Administrativo de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial» número 363).
Lo que por la presente Orden ministerial digo a V. E. para su conocimiento y efectos consiguientes.
Dios guarde a V. E. muchos años.
Madrid, 4 de abril de 1979.
GUTIERREZ MELLADO
Ecxmo. Sr. Teniente General Presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar.
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