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Documento BOE-A-1979-11798

Orden de 4 de abril de 1979 por la que se dispone la aprobación de un prototipo de surtidor de carburantes marca «Wayne», modelo «Decade Marketer-310 B», con computador electrónico, fabricado en Estados Unidos.

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 5 de mayo de 1979, páginas 10199 a 10200 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1979-11798

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres. Vista la petición interesada por la Entidad «Autocesorios Harry Walker, S. A.», con domicilio en Barcelona, avenida de la Infanta Carlota, números 123-127, en solicitud de aprobación de un prototipo de surtidor de carburantes marca «Wayne», modelo «Decade Marketer-310 B», con computador electrónico, fabricado por la firma «Dresser Wayne», de Salisbury Maryland, en Estados Unidos de América,

Esta Presidencia del Gobierno, de acuerdo con el Reglamento para la ejecución de la Ley de Pesas y Medidas, aprobado por Decreto de 1 de febrero de 1952; Decreto 955/1974, de 28 de marzo, por el que se someten a plazo las autorizaciones de los modelos-tipo de aparatos a pesar y medir, y con el informe emitido por la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia, ha resuelto

Primero.

Autorizar en favor de la Entidad «Autocesorios Harry Walker, S. A.», por un plazo de validez que caducará el día 30 de junio de 1981 (30.06.81), el prototipo de surtidor de carburantes marca «Wayne», modelo «Decade Marketer-310 B» con computador electrónico, y cuyo precio máximo de venta será de cuatrocientas cincuenta mil (450.000) pesetas.

Segundo.

La aprobación temporal del prototipo anterior queda supeditada al cumplimiento de todas y cada una de las condiciones, de carácter general, aprobadas por Orden de la Presidencia del Gobierno de 11 de junio de 1956 («Boletín Oficial del Estado» del 8 de agosto).

Tercero.

Por la circunstancia de que este prototipo está sujeto a plazo de validez temporal y, en consecuencia, requiere completar su comportamiento técnico a través del tiempo, la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia o la Dirección General de Promoción Industrial y Tecnología podrán retirar de las series importadas por la Entidad «Autocesorios Harry Walker, S. A.», el número de modelos que juzgue apropiados, con el fin de llevar a cabo los estudios, ensayos y experiencias pertinentes, ello con independencia de lo que las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria y Energía, en su función inspectora, juzgue conveniente, dando cuenta, en todo caso y por conducto reglamentario, a la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia, los resultados de lo datos obtenidos o experiencias llevadas a cabo.

Cuarto.

Próximo a transcurrir el plazo de validez temporal, la Entidad importadora, si lo desea, solicitará de la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia prórroga de la autorización de circulación, la cual será propuesta a la superioridad de acuerdo con los datos, estudios y experiencias llevadas a cabo por la propia Comisión, la Dirección General de Promoción Industrial y Tecnología o las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria y Energía.

Quinto.

Para garantizar el perfecto funcionamiento de esté aparato surtidor se procederá a su precintado, una vez realizada su verificación, colocando los dieciséis (16) precintos que se representan y relacionan, respectivamente, en los planos y Memoria que sirvió de base para su estudio por la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia, y que se remite a todas las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria y Energía.

Sexto.

Los aparatos surtidores correspondientes al prototipo, a que se refiere esta disposición, llevarán inscrito en el cuadrante en que figuran las indicaciones de volumen y precio, o en una placa fijada con remaches, las siguientes indicaciones:

a) Nombre de la Entidad importadora, o marea del aparato y la designación del modelo o tipo del mismo.

b) Especificación de la clase y tipo del carburante que sirve, en caracteres fácilmente legibles desde, por lo menos, diez metros de distancia.

c) Número de orden de fabricación del aparato, que coincidirá con el que figura en la placa de fábrica.

d) Límites de temperatura de trabajo, en la forma «0° C/ 50° C».

e) Voltaje o voltajes y frecuencia de la tensión de alimentación.

f) Fecha del «Boletín Oficial del Estado» en que se publique la aprobación del prototipo.

Lo que comunico a VV. II.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 4 de abril de 1979.

OTERO NOVAS

Ilmos. Sres. Presidente de la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia y Director general de Promoción Industrial y Tecnología.

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