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Documento BOE-A-1979-11828

Orden de 11 de abril de 1979 por la que se acuerda la ejecución en sus propios términos de la sentencia dictada en 15 de diciembre de 1977 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la excelentísima Audiencia Territorial de Granada.

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 5 de mayo de 1979, páginas 10205 a 10205 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-11828

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Visto el testimonio de la sentencia dictada en 15 de diciembre de 1977 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la excelentísima Audiencia Territorial de Granada –cuya apelación ha sido declarada inadmisible por otra del Tribunal Supremo de fecha 3 de julio de 1978–, recaídas ambas en el recurso contencioso-administrativo número 38 de 1976, interpuesto por doña Isabel Quesada Martínez, de Jódar (Jaén), en relación con la Contribución Territorial Rústica y Pecuaria, Cuota Proporcional;

Resultando que concurren en este caso las circunstancias previstas en el artículo 105 de la Ley de 27 de diciembre de 1956,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer la ejecución en sus propios términos de la referida sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por doña Isabel Quesada Martínez contra el acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Provincial de Jaén de treinta y uno de octubre de mil novecientos setenta y cuatro, recaído en Reclamación número ciento trece de mil novecientos setenta y tres, sobre Contribución Territorial Rústica, Cuota Proporcional, y Cuota de la Seguridad Social, por hallarse dicho acto ajustado a derecho. Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes.»

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 11 de abril de 1979.–P. D., el Subsecretario de Hacienda, Dionisio Martínez Martínez.

Ilmo. Sr. Director general de Tributos.

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