El ilustrísimo señor Director general de Transportes Terrestres, en uso de facultades delegadas por Orden ministerial de 5 de julio de 1977, con fecha 12 de diciembre de 1978 ha resuelto otorgar definitivamente a don Francisco Cózar Guillen la concesión del citado servicio, como prolongación del ya establecido entre Cortes de la Frontera a su estación de ferrocarril (V. 1.642), con arreglo a la Ley y Reglamento de Ordenación de Transportes vigentes y, entre otras, a las siguientes condiciones particulares:
Itinerario: Longitud 9,5 kilómetros; estación de ferrocarril de Cortes de la Frontera, Cortijada Salitre y empalme con la CC. 341.
Expediciones: Dos diarias de ida y vuelta en prolongación de las del servicio base V. 1.642.
Tarifas: Las mismas del servicio base V. 1.642.
Clasificación del servicio respecto al ferrocarril: Afluente b) en conjunto con el servicio base V. 1.642.
Madrid. 12 de diciembre de 1976.–El Director general, José Luis García López.–8.313-A.
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